LA LIQUIDACION DE LOS PADRES

La liquidación de los padres
Inexorable y además rápidamente, en España se está demoliendo el papel insustituible y socialmente valioso de los padres. Se hace de una manera contradictoria, porque al mismo tiempo se les reclama que asuman sus responsabilidades en el rendimiento escolar de los hijos. Pero ¿cómo van a hacerlo si el entorno social sopla en sentido contrario, bastantes no saben cómo llevarlo a cabo, algunos no quieren y las leyes y la acción de gobierno empuja en la dirección opuesta?

El primer dato de esta historia es un tanto lejano, empezó en 1995 con una de las grandes modificaciones del Código Penal. Allí quedó establecido con el voto prácticamente unánime del Congreso de los Diputados que la edad de emancipación sexual se producía a partir de los 13 años. Alcanzado este periodo, ningún padre, ninguna madre, puede exigir un determinado comportamiento sexual a sus hijos. Al menos no, legalmente, y si lo hacen pueden incurrir en responsabilidades penales.

Es una contradicción extraordinaria. Se necesitan 18 años para votar, para conducir un coche, para beber alcohol, para fumar. Uno no tiene plena libertad para casarse hasta alcanzar aquella mayoría, pero sin embargo en la relación sexual, la libertad del menor es absoluta, como si fuera mucho más peligroso beberse una cerveza que acostarse con la compañera o el compañero de turno.

Los padres de este país, la gran mayoría, ni se enteraron entonces ni lo saben ahora. Los padres, como los demás ciudadanos, forman parte en una gran medida de ese gran problema que es la falta de conciencia cívica, el desinterés por el funcionamiento de la colectividad que conlleva seguir las leyes y forjar una opinión propia sobre sus consecuencias, además de buscar cauces de participación para expresar su punto de vista.

En este proceso de disminución de la capacidad de obrar de los padres, el Colegio de Médicos de Barcelona se sacó un extraño artilugio de la manga –que debidamente impugnado la judicatura desmontó- que consistía en introducir en su nueva versión del código deontológico la figura del “adolescente maduro”, un personaje que pertenece a la categoría tan peligrosa de los universales abstractos. Su madurez tenía como único juez al médico y era éste el que decidía bajo el criterio deontológico si informaba a los padres o no de lo que sucedía a su hijo. Naturalmente cuando el afectado salía de la consulta, el paquete del problema lo llevaba a su casa, con sus padres, ignorantes de la cuestión, mientras que el médico se iba a la suya a vivir y trajinar con sus propios problemas.

Y ésta es la lógica de todo el asunto. Los que soportan la carga de los problemas que puedan generar los hijos son, en la inmensa mayoría de casos, los propios padres, y quienes literalmente meten mano en todo esto, son los gobiernos de turno, sus instancias delegadas, los ayuntamientos, determinadas corporaciones profesionales y tuti cuanti. Todo el mundo se cree en el derecho de actuar y restringir la capacidad de decidir de los padres. Lo que necesariamente comporta una progresiva merma de su responsabilidad.

Una culminación de todo este proceso se produjo con las modificaciones del Código Civil, para hacer posible el matrimonio homosexual. Al erradicar el concepto de padre y madre (también se hizo con el de hombre y mujer) y sustituirlo por el de progenitor. En España, civilmente el ser padre y madre es una categoría secundaria.

Algunos ayuntamientos y Comunidades Autónomas posteriormente, entraron a saco en el tema creando servicios de asistencia para cuestiones relacionadas con el sexo y la droga que en ningún caso tenían en cuenta la obligación de informar a quienes tienen la responsabilidad de aquellos adolescentes.

En este desmadre la Agencia de Protección de Datos de Madrid, según informaba La Gaceta, ha hecho una nueva aportación proponiendo una norma: los padres no podrán conocer las calificaciones escolares de sus hijos si son mayores de 16 años, porque consideran que esto vulnera la intimidad. Como la enseñanza obligatoria se extiende hasta los 16 años, a partir de esta edad la patria potestad debe hacerse compatible con la autonomía del hijo y el libre desarrollo de su personalidad. Es decir, los padres deben alimentar, cuidar, acoger a sus hijos, pagarles los estudios y sus gastos, pero en ningún caso pueden tener una información directa de su rendimiento escolar, y no solo de esto, porque con la interpretación que hace la agencia de protección de datos el hijo de 16 o 17 años puede vivir legalmente al margen de manera absoluta de los criterios de sus padres.

Seamos serios, todo esto es una burla a la patria potestad, no puede haber un desequilibrio tan brutal entre la exigencia de responsabilidad hacia los hijos y la falta de capacidad legal de los padres para actuar. El Gobierno, el Estado, en su afán de legislar hasta la alcoba está destruyendo la autonomía de la familia para regirse por sí misma. Ninguna ley podrá suplir la capacidad de un padre y una madre para intervenir en la educación, es decir en la vida de su hijo. Porque educar es eso, guiar, acompañar y ¿cómo resulta posible tal tarea si el campo de información y actuación está tan restringido?

Lo peor de todo no son estas normas y esta interferencia, con ser terriblemente malas. Lo peor es que estas cuestiones quedan fuera de la agenda política, no son importantes para ningún partido, y cuando aparecen es para legislar contra los padres. Sin darse cuenta que de esta manera los fundamentos que hacen posible una sociedad cívica y bien formada se desintegran.
J. Miró i Aldevor

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